¿Puedo depositar mi bono en Fintual?

¿Cómo puedo poner mi bono en Fintual? ¿Cuáles son los beneficios de ahorrarlo en APV?

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Escrito por Pía Larraín
Actualizado hace más de una semana

Si vas a recibir un bono y quieres aprovechar los beneficios tributarios que tiene ahorrar para tu pensión, lo puedes sumar a tu objetivo APV en Fintual.

Lo puede aportar directamente tu empleador y ese ahorro descontarse de tu base imponible, con lo que pagarás también menos impuestos.

¿Cómo lo hago?

Lo primero es tener un objetivo de tipo Jubilación con APV, donde debes elegir la el régimen tributario que más te convenga (esta planilla te puede servir). Tu bono se va a ir a este objetivo.

También puedes invertirlo como depósitos convenidos (qué es esto?) desde un objetivo Jubilación con Depósitos Convenidos.

Después simplemente debes crear un descuento por planilla para que tu empleador lo descuente directo de tu sueldo y lo transfiera a Fintual. El proceso es 100% online y nosotros nos hacemos cargo del trámite.


¿Y cuál es el beneficio tributario?

Si eliges régimen A:

Ese aporte no se rebaja de tu base imponible, o sea, paga impuestos. Pero recibirás un aporte fiscal por el 15% de lo que inviertas en APV-A, con un tope de 6 UTM al año (aprox. $310.000).

Si eliges régimen B:

Ese aporte se deduce de tu base imponible, por lo que pagarás menos impuestos. (con un tope de ahorro de 50UF mensual y 600UF anual).

Si eliges depósitos convenidos:

Ese aporte se deduce de tu base imponible, por lo que pagarás menos impuestos y tiene un tope de 900UF al año, sin tope mensual. Sin embargo, los depósitos convenidos no los puedes retirar hasta que te pensiones.

Más info en nuestro artículo todo lo que tienes que saber del APV.

¿Cuál régimen me conviene?

Dependerá de su sueldo y del monto de tu bono.

  • Si tus ingresos imponibles mensuales (líquido sin impuestos) son menores a $3.500.000 (aprox.), te conviene invertir en el régimen A hasta maximizar el beneficio.

  • Si tu sueldo imponible es mayor a $3.400.000 (aprox.), normalmente te convendrá el régimen B.

Acá puedes ver con más detalle cuál régimen te conviene.

Y si tu bono es de más de 50UF puede convenirte un depósito convenido, ya que este no tiene tope mensual. Pero recuerda que no lo puedes rescatar hasta que te pensiones.

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