Los fondos mutuos tienen beneficios que son bastante buenos para los inversionistas pequeños o medianos, y que son los que ofrecemos en Fintual:
Si rescatas y tu ganancia en fondos mutuos es menor a 30 UTM al año —aproximadamente $2.018.000— las rentas están exentas del impuesto a la renta. Este beneficio es conocido como 57 LIR y aplica a la suma de todos los rescates de los fondos mutuos que tengas. Por ejemplo: Si inviertes $18.000.000 y ganas $1.800.000, puedes retirar ese monto inicial + la rentabilidad (un total de $19.800.000) libre de impuesto a la renta. Pero ojo, el beneficio sólo aplica para contribuyentes dependientes, pensionados y/o pequeños contribuyentes. Es decir, no aplica para personas que reciban boletas de honorarios (como por ejemplo, las que se emiten por los pagos del Programa de Referidos) o algunos dividendos de acciones, entre otros.
Puedes cambiarte entre fondos mutuos internamente o traspasándolos desde otra administradora sin pagar impuesto por la ganancia, independiente del monto. Este beneficio se conoce como 108 LIR y se hace mediante un MLT o (Mandato de Liquidación por Transferencia. Si quieres traer tus inversiones a Fintual desde otra administradora, lo puedes hacer así.
Los planes de Ahorro Previsional Voluntario (APV) tienen un beneficio especial:
Régimen A: El Estado te regala hasta un 15% de lo que ahorres en el año, con un tope de 6 UTM anual (como $403.000).
Régimen B: Este beneficio es complementario al A y sirve para que deduzcan esos ahorros de tu sueldo antes de impuestos o para pagar menos impuestos en tu declaración de renta anual (dependiendo de la modalidad). Está pensando para disminuir la carga tributaria de personas con ingresos altos.
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