👀 Si ya completaste tu Declaración Jurada 1929 (DJ 1929), desde el 1 de abril debes completar tu Formulario 22.
Si invertiste o mantuviste activos a través de Fintual Acciones el 2023, te recomendamos completar tu DJ 1929 antes de enviar el Formulario de declaración de renta (F22) (la guía con el paso a paso la encuentras acá). Si solo hiciste compraventa de dólares, no tienes que completar la DJ 1929 pero sí debes completar el F22 en caso de tener ganancias por estas operaciones.
La fecha máxima para emitir el F22 es el 30 de abril del año actual. Si quieres entender el detalle de este formulario antes de empezar, puedes bajar a la sección “Información adicional sobre el Formulario 22” de este mismo artículo.
Por último, antes de partir ten a mano la planilla que te enviamos a tu correo electrónico en el mail: “Operación renta 2024: todo lo que necesitas para declarar tus inversiones en Dólares y Acciones”. Si quieres entender el detalle de cada hoja de la planilla, puedes leer este artículo.
Para abrir y completar este formulario, debes seguir los siguientes pasos:
2. Inicia sesión si fuera necesario.
3. Elige el año 2024 y haz click en continuar.
4. Confirmar tus datos personales y haz click en Continuar.
5. Si tienes una propuesta de declaración, haz click en "Modificar Propuesta"
Si no, haz click en el link "ingresando aquí"
Una vez abierto el formulario, completa y revisa estos códigos:
👀 Este paso a paso no considera como crédito los impuestos que ya pagaste en el extranjero por dividendos (withholding tax). Si los quieres usar como crédito, puedes saltar a la sección "Cómo usar los impuestos pagados en el exterior por dividendos como crédito en el formulario 22"
5. Línea 58: IDPC (impuesto de primera categoría) sobre rentas efectivas determinadas sin contabilidad completa, fila d) Otras rentas efectivas afectas a lDPC e impuestos finales
Código 1901: En este código debe ir la tu base imponible del período, que corresponde a la suma entre el monto bruto de la renta por ventas de acciones, la renta bruta por venta de dólares y los dividendos netos recibidos. Debes poner el monto que aparece en la celda C14 de la hoja “Resumen” de la planilla que te mandamos. Si tu base imponible es 0, esta línea debe quedar vacía:
Código 1903: este código se completa de forma automática con la información del código 1901 y corresponde al impuesto de primera categoría. Este se calcula como el 25% de tu base imponible declarada. Debe ser igual al monto que aparece en la celda C15 de la hoja “Resumen” de la planilla que te mandamos.
Por ejemplo, si tu planilla se ve así:
El formulario se debería ver así:
6. Línea 5: Otras rentas propias y/o de terceros, provenientes de empresas que determinan su renta efectiva sin contabilidad completa, según art. 14 letra B) N° 1 LIR, fila f) Otras rentas propias y/o de terceros
Código 1864: aquí debe ir el monto que se completó de forma automática en el código 1903, (impuesto de primera categoría, celda C15 de la hoja “Resumen” de la planilla que te mandamos).
Siguiendo el ejemplo anterior, aquí deberías completar $25.000:
Código 1865: en este código vuelves a poner la base imponible que declaraste en el código 1901 (celda C14 de la hoja “Resumen” de la planilla que te mandamos).
Siguiendo el ejemplo, aquí deberías completar $100.000:
7. Línea 48: Crédito al IGC o IUSC por IDPC con derecho a devolución, según art. 56 N° 3 LIR.
Código 610: este código se completa de forma automática con la información del código 954 y corresponde al impuesto de primera categoría de la hoja “Resumen” de la planilla que te mandamos. Acá lo que tendrías que pagar por impuesto de primera categoría, se usa como crédito (monto a favor) para calcular el impuesto global complementario sobre tus rentas del periodo (que incluye tus rentas por dividendos y venta de acciones y dólares).
Siguiendo el ejemplo, acá te debería aparecer $25.000:
⚠️ Si tienes inversión extranjera en otras instituciones financieras, otras rentas sin contabilidad completa que afecten tu base imponible y/o datos ingresados en la propuesta entregada por el SII, los datos a completar en cada uno de los códigos deben incluir esas rentas.
8. Una vez que tengas lista tu declaración de renta, recuerda enviar el formulario.
👀 Ojo con estas consideraciones:
Te recomendamos completar tu DJ 1929 antes de enviar el F22, ya que los datos de la declaración jurada afectan directamente tu declaración de renta.
Si tienes inversión extranjera en otras instituciones financieras y/u otras rentas sin contabilidad completa que afecten tu base imponible, debes sumar la información.
Te enviamos esta información para ayudarte, pero recuerda que no somos asesores tributarios. Si tienes dudas, te recomendamos buscar asesoría tributaria, ya que recae en ti la responsabilidad de entregar una declaración correcta al SII de tus inversiones en Fintual Acciones.
Cómo usar los impuestos pagados en el exterior por dividendos como crédito en el formulario 22
Usar los impuestos pagados en el extranjero (IPE) como crédito en tu declaración de renta no es tan simple, ya que requiere que puedas acreditarlos mediante un documento oficial, que puede ser el comprobante de pago del impuesto en el extranjero, una declaración de impuestos presentada en el extranjero o un certificado oficial emitido por la autoridad del país extranjero.
Si decides utilizar el IPE como crédito, el SII debería observar tu declaración y solicitar documentación que lo acredite.
Si de todas formas quieres usarlo, nuestra recomendación es buscar asesoría tributaria para verificar que cuentas con los documentos necesarios (por ejemplo, tal vez las cartolas mensuales enviadas por nuestro broker sean útiles) y para comprender cómo declararlo en el formulario 22.
Te compartimos lo que nosotros investigamos, por si te sirve de punto de partida:
👀 Te recordamos que no somos asesores tributarios y tu eres el responsable de realizar una declaración correcta frente al SII.
1. Primero necesitas calcular unos datos adicionales:
Impuestos pagados en el exterior por concepto de dividendos: puedes sumarlos en la hoja "Declaración de tus dividendos", columna "Impuestos pagados en el exterior" o bien tomar el monto que aparece en la hoja "Ejemplo DJ1929", en la celda "TOTAL IMPUESTO A LA REMESA".
Renta total imponible del periodo: hay que sumarle a la celda C14 “Base imponible (Total de ganancias o pérdidas)” de la hoja “Resumen”, los impuestos pagados en el exterior por concepto de dividendos (calculados en el punto 1).
Dividendos brutos: hay que sumarle a la celda C13 "Dividendos netos recibidos" de la hoja “Resumen”, los impuestos pagados en el exterior por concepto de dividendos (calculados en el punto 1).
Impuestos de primera categoría por dividendos brutos: corresponde a los dividendos brutos que recibiste * 25%. O sea, lo calculado en el punto 3 * 0,25%.
Crédito por dividendos: corresponde a la resta entre los impuestos pagados en el exterior por concepto de dividendos (punto 1) y los impuestos de primera categoría por dividendos brutos (punto 4). Si la resta es menor que 0, este monto es 0.
Con estos datos calculados, puedes completar el F22:
2. Línea 58: IDPC (impuesto de primera categoría) sobre rentas efectivas determinadas sin contabilidad completa, fila d) Otras rentas efectivas afectas a lDPC e impuestos finales
Código 1901: En este código debe ir la renta total imponible del periodo (lo calculaste de forma manual en el punto 1.2).
Código 1902: en este código van los impuestos de primera categoría por dividendos brutos (calculados en el punto 1.4).
Código 1903: Se completa de forma automática. Corresponde al 25% de la renta total imponible del periodo (código 1901) - el código 1902. Corresponde al impuesto de primera categoría total.
3. Línea 5: Otras rentas propias y/o de terceros, provenientes de empresas que determinan su renta efectiva sin contabilidad completa, según art. 14 letra B) N° 1 LIR, fila f) Otras rentas propias y/o de terceros
Código 1863: aquí debe ir el monto que completaste en el código 1902 del paso anterior (los impuestos de primera categoría por dividendos brutos).
Código 1864: aquí debe ir el monto que se completó de forma automática en el código 1903 (se calcula a partir de lo que sí completaste en el 1901 y 1902, que corresponde al impuesto de primera categoría total).
Código 1865: en este código vuelves a poner la renta total imponible del periodo que declaraste en el código 1901.
4. Línea 37: Crédito al IGC por IDPC sin derecho a devolución, según arts. 20 N° 1 letra a), 41 A N° 4 letra A) letra a) y 56 N° 3 LIR
Código 608: este código se auto completa. Debería aparecer lo declarado en código 1863. Corresponde a los impuestos de primera categoría por dividendos brutos
5. Línea 48: Crédito al IGC o IUSC por IDPC con derecho a devolución, según art. 56 N° 3 LIR.
Código 610: este código se completa de forma automática con la información del código 1864. Acá lo que tendrías que pagar por impuesto de primera categoría, se usa como crédito (monto a favor) para calcular el impuesto global complementario sobre tus rentas del periodo (que incluye tus rentas por dividendos y venta de acciones y dólares).
6. Línea 49: Crédito al IGC por impuestos soportados en el exterior, según arts. 41 A N° 4 letra A) letra b) LIR
Código 746: en este código debes completar lo que tienes de crédito por dividendos (calculados en el punto 1.6). Este monto se descontará del impuesto final que tienes que pagar sobre tus rentas del periodo (que incluye tus rentas por dividendos y venta de acciones y dólares).
⚠️ Si tienes inversión extranjera en otras instituciones financieras, otras rentas sin contabilidad completa que afecten tu base imponible y/o datos ingresados en la propuesta entregada por el SII, los datos a completar en cada uno de los códigos deben incluir esas rentas.
7. Una vez que tengas lista tu declaración de renta, recuerda enviar el formulario.
Información adicional sobre el Formulario 22
La primera sección del formulario muestra las rentas brutas afectas, que son todos los ingresos que suman a la base imponible. La base imponible es el monto total por el cual se pagan impuestos. Por ejemplo, en la línea 8 están las rentas de capitales mobiliarios, que son las ganancias por inversiones en activos financieros, como son nuestros fondos mutuos. Si retiraste, la ganancia por el rescate va a aparecer en esa línea. Los sueldos también deben aparecer y los honorarios, en caso de tener ingresos de ese tipo.
A las rentas brutas hay que hacerle algunas rebajas a la renta ya sea por beneficios tributarios, como APV-B, o por pérdidas en operaciones de capitales mobiliarios, como por ejemplo tener pérdidas en retiros de fondos mutuos. En caso de tener créditos hipotecarios, los intereses pagados rebajan a la renta en esta sección.
Con eso se calcula la base imponible anual, y sobre ese valor se obtiene el impuesto global complementario por tabla. Esta tabla simplemente dice: según tus rentas, menos tus rebajas, cuánto impuesto tienes que pagar.
Este impuesto global complementario (IGC), se compara contra los Impuestos anuales a la renta, es decir, el impuesto que ya pagaste. Hay varias líneas que componen esta suma y resta de impuestos, como por ejemplo el impuesto de segunda categoría (por sueldo) y el impuesto de primera categoría (por ganancias de capital).
Si pagaste más de lo que te correspondía por IGC, se te devuelve. Si te correspondía pagar más de lo que pagaste durante el año, tienes que desembolsar al SII. La devolución depende de cuando declares y el pago se puede hacer dentro de la misma página del SII.