👀 La información contenida en esta página no constituye asesoramiento tributario, legal ni profesional, por lo que no debe utilizarse como tal. Si tienes alguna duda, consulta a tus asesores profesionales.
La declaración debe hacerla el donatario (hijo@), pero se entiende que en la práctica quizá no pueda hacerlo, por lo que puedes ingresar a su cuenta del SII y si no tiene, simplemente marca solicitar clave para el rut de tu hij@.
Una vez dentro de su página del SII, debes ir a “Trámites en línea”
Luego, “Herencias” “Impuesto a las herencias y donaciones”. Esto te llevará a otra selección, en donde deberás pinchar “Declarar, consultar y rectificar herencias y donaciones (F4412)”
Esto te abrirá una nueva página en donde debes marcar el cuadro que dice “Donaciones”:
Y ya… estás en el formulario para declarar la donación (debes entrar acá porque legalmente un aporte a la cuenta de tu hij@ puede ser considerado una donación). Ahí verás:
Los datos del Donatario (el Kid), los cuales no se modifican. También te pedirá indicar el parentesco con el Donante (contigo).
La fecha de devengo del impuesto: fecha de la donación.
Datos del Donante. Una vez ingresado el rut, se completan automáticamente sus datos.
Datos del abogado patrocinante (No Aplicaría, a menos que hayas hecho una insinuación ante tribunales, la cual no es obligatoria si los aportes son por un monto menor al 20% de tus ingresos totales en un año, o hasta 250 UTM (aprox $16.823.500)
Declaración de bienes: DINERO. Debes incluir el total de las donaciones efectuadas el año anterior al que haces la declaración (a menos obviamente que tengas otras que no conocemos). En cuanto a la institución, debes marcar “OTROS”. En esta sección no será necesario marcar “Opciones avanzadas” si lo único que estás declarando es esta donación.
En la sección “Agregados/deducciones”, deberías indicar “Informar donación art. 18 nº 8 de la Ley 16.271” (*esta aplica siempre que el dinero que hayas donado haya cumplido previamente con su tributación aplicable).
Luego guardar (si te falta completar algo y no lo enviarás inmediatamente) o enviar.
Una vez listo, si estás dentro del monto exento (20% de tus ingresos totales del año, con tope de 250 UTM ~ $16,8 millones) el SII debiese enviarte un certificado de exención como el siguiente:
Recuerda que la información contenida en esta página no constituye asesoramiento tributario, legal ni profesional, por lo que no debe utilizarse como tal. Si tienes alguna duda, consulta a tus asesores profesionales.