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Beneficio 107 LIR: paga solo 10% de impuestos de sobre ganancias

Escrito por Carolina Magnere

El artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) te permite pagar solo 10% de impuesto único sobre las ganancias de capital de ciertos fondos mutuos.

Sin este beneficio, pagarías según tu tramo del Impuesto Global Complementario (IGC), que puede llegar hasta 40%.

¿Qué fondos califican?

Los que invierten en acciones y ETFs con presencia bursátil, es decir, que se transan con cierta frecuencia en bolsa.

¿A quién le conviene?

Principalmente a personas con un tramo del Impuesto Global Complementario sobre 8%, es decir con renta imponible mensual sobre $3.575.300 a junio 2026.

Ojo: el beneficio aplica solo sobre las ganancias de capital (lo que ganas al vender más caro de lo que compraste). Los dividendos que reparta el fondo siguen tributando según tu tramo de Impuesto del Global Complementario.

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