La plata que pusiste en APV la puedes retirar cuando quieras, incluso si no has jubilado, pero el beneficio que te entrega el Estado solo podrás disfrutarlo si esperas hasta jubilar. Por el contrario, el Depósito Convenido no puede ser retirado antes de jubilarte.
Al momento de jubilar, tienes la opción de sumar tu ahorro voluntario (APV y/o Depósitos Convenidos) a tus cotizaciones obligatorias (AFP) o mantenerlo sin retirarlo.
Si eliges sumar tu ahorro voluntario a tus cotizaciones obligatorias, puedes optar por tomar el total acumulado para calcular tu pensión mensual o retirarlo como Excedente de Libre Disposición. Para este último, el total acumulado debe alcanzar un monto que permita pensionarte con al menos un 70% de tu sueldo promedio durante los últimos 10 años. Si es así, todo lo que exceda a ese monto acumulado puede ser retirado como excedente de libre disposición, lo que significa que puedes retirarlo de una sola vez.
Si eliges mantener tu ahorro voluntario y después de haber jubilado sigues trabajando, entonces podrás retirarlo siguiendo el procedimiento anterior, cuando calcules la pensión de tu segunda jubilación por tu segunda etapa de trabajo.
Si el monto total acumulado te permite pensionarte con al menos un 70% de tu sueldo promedio durante los últimos 10 años, entonces todo lo que exceda a ese monto acumulado puede ser retirado como excedente de libre disposición, lo que significa que puedes retirarlo de una sola vez.