Los fondos de Fintual se constituyen como patrimonio separado de Fintual. Esto significa que los fondos no se ven afectados.
Cada fondo tiene su RUT, cuentas de bancos, cuentas de custodios y cuentas de corredores propios.
Si Fintual llegara a quebrar, la Comisión para el Mercado Financiero supervisa que los fondos con el dinero de las personas se traspasen a otra administradora (Título 5 de la ley Nº20.712, artículo 26).
Hay pólizas de garantía y mínimos de patrimonio regulatorio para asegurar la continuidad operativa de los fondos. Son equivalentes al mayor valor entre 10.000 UF y el 1% de cada uno de los fondos, y pagarían por la ejecución de este traspaso.
Por otro lado, las personas podrían retirar su plata en cualquier momento, ya sea antes o durante la quiebra o después del traspaso.